La Mentira Fundamental del Reino: el Régimen del 78 (Parte V).

En mis anteriores artículos vimos que en España no existe representación real del votante, y que, en estricta consecuencia con las definiciones establecidas en el propio Régimen del 78, no es una democracia. Vimos también que el poder político constituido —y constituyente— lo detentan en realidad los aparatos de los partidos, a pesar de la porfiada propaganda y las supersticiones (pensamiento primario sin prueba empírica ni conceptos nítidos) que el Régimen y sus sectas de comunicación difunden para que el pueblo crea que lo detenta.

El error, creer en el ideal, no es ceguera, el error es cobardía. Toda conquista, todo paso adelante en el conocimiento es consecuencia del coraje, de la dureza consigo mismo, de la limpieza consigo mismo (Nietzsche).

Arrojadas las mentiras al vertedero de la Historia, superar lo establecido por ellas es lo correcto. Perseguir lo mejor posible de las cosas está en nuestra naturaleza como seres dotados de conciencia. La ética se rige por la virtud: superar lo establecido de la manera más perfecta concebible es lo más correcto; es lo virtuoso. Por lo tanto, esa debe ser nuestra singladura en los caminos de la Libertad.

Rotas las cadenas mentales que atan nuestras vidas y nuestras fortunas al capricho de los sátrapas del Régimen de partidos, nuestras aspiraciones últimas, y las definiciones de lo que está por venir, se han de ordenar por la virtud; esto es, por lo más perfecto que puede concebirse, y por lo mejor que puede convertirse en realidad, sin caer jamás en las mentiras de la utopía.  

Así, si es inevitable que la Ley sea impuesta por el gobernante al pueblo, lo virtuoso es que el pueblo imponga la Constitución al gobernante.

La mal llamada «Constitución de 1978»1, no fue impuesta por el pueblo a sus gobernantes, sino por los gobernantes al pueblo. Sin contar con que fue redactada en secreto, a puerta cerrada —y promulgada por unas Cortes legislativas ordinarias del franquismo—, de ningún modo puede calificarse de decisión libre y legítima del pueblo cuando tuvo un escueto 67% de apoyo plebiscitario en momentos de máxima tensión, donde los asesinatos políticos estaban al orden del día2. No se puede sostener que fue una imposición del pueblo a sus gobernantes porque los hechos constatables nos dicen todo lo contrario: los gobernantes la impusieron al pueblo —confundido, desinformado y atemorizado—, como la solución inmediata y precipitada a la transición entre regímenes.

El mito tiene aún más importancia, históricamente, que la realidad (Russel). Entronizados en un poder estable y rígido, y con los medios adoctrinadores a su disposición (televisión, prensa, radio y temarios lectivos en educación primaria, superior y Universidades), las cúpulas de los partidos sanaron el vicio en el consentimiento de los gobernados a base de mitos y falsas creencias sin consistencia empírica.

Sabido, pues, que no existe relación jurídica de representación (esto es, una relación constatable, susceptible de ser tutelada por un Juez y con posibilidad de revocación) del votante con la cúpula del partido al que vota; y que son estas cúpulas las que controlan a los diputados como marionetas del partido que los introduce en las listas, la pregunta inmediata es: ¿de qué manera habría representación del pueblo, de manera científica y verificable, sin caer en mentiras, mitos ni utopías?

La solución nítida a la cuestión la traza el profesor Antonio García-Trevijano en su obra magna Teoría pura de la República (2010). Este pensador propone un modelo electoral basado en mónadas electorales pequeñas (distritos de unos 100.000 habitantes), al estilo de los sistemas uninominales ya existentes en EE.UU, Reino Unido, o Francia, y avalados por siglos de estabilidad y preservación de la Libertad3.

En el sistema electoral uninominal, al estar los diputados continuamente vinculados a los votantes de su distrito, de su barrio (a quienes deben rendir cuentas en todo momento, so pena de expulsión, o incluso cárcel), la clase política es forzosamente más honrada y eficiente. Por la sencilla razón de que, de no serlo, ¡pueden ser castigados por sus electores en todo momento!

Para que exista representación real, verdadera, susceptible de ser tutelada por un poder público, y hacerse valer por los representados —titulares de una relación jurídica válida, existente y revocable—, se dividiría España en distritos electorales de 100.000 habitantes aproximadamente, y cada uno votaría por un representante, a doble vuelta.

De esa manera, de los 35 millones de votantes que conforman el electorado español, saldrían aproximadamente 350 diputados; cada uno vinculado a su barrio por un contrato de representación, un mandato civil, susceptible de hacerse valer por la fuerza. Cada diputado estaría jurídicamente vinculado a cumplir el mandato de sus votantes, y defender sus intereses, so pena de ser depuesto e incluso sancionado (en caso de que se corrompa él, o alguien designado por él4).

La reunión de esos 350 mandatarios del pueblo, designados por barrios, convertiría el Congreso de los Diputados en una verdadera cámara legislativa de la nación. A diferencia del actual teatro y lamentable paripé que vemos hoy en los escaños, los diputados no obedecerían a las cúpulas de los partidos, ni a grupos de presión, ni a poderes financieros… obedecerían única y exclusivamente al pueblo, a sus votantes, los cuales tendrían el poder sobre ellos en todo momento. Pendería sobre los diputados una constante espada de Damocles. Así, el pueblo tendría la fuerza. Eso sería la democracia. Por primera vez en España, la palabra democracia sería descriptiva de la realidad. La democracia dejaría de ser un mito, una superstición, una palabra hueca e indefinida, propaganda para cubrir la mentira de un sistema oligárquico, y pasaría al campo de la Ciencia, descriptiva de la realidad por sus efectos observables, más allá de las apariencias.

Aunque la representación del pueblo, en el ejercicio de su Libertad política, es un elemento definidor y esencial de la democracia, no es suficiente si queremos dar con una definición perfecta, es decir, si queremos deslindar el concepto lo mejor que puede concebir la mente humana, dentro de las fronteras de lo practicable.

Para que la democracia sea perfecta, para que exista de la mejor manera posible, debe estar garantizada. Quiero decir: debe sobrevivir el tiempo suficiente para que sea un sistema político cognoscible. Y la mejor manera posible de que la democracia sobreviva, es mediante la separación de poderes. Con esta fórmula se garantiza que no haya ningún otro poder más fuerte que del que gozan los diputados de la nación; un poder capaz de distorsionar o vaciar de contenido sus mandatos; y, al mismo tiempo, que los diputados encuentren límites a sus propios poderes y no abusen de los mandatos conferidos por el pueblo.

La clásica separación de poderes entre el Legislativo, Ejecutivo y Judicial es una síntesis del pensamiento político universal tan estable, sofisticada y virtuosa en la prevención de los abusos del poder, que el Régimen del 78 se ha visto forzado a incorporarlo a sus mentiras constitutivas y a sus incesantes engaños al pueblo, ignorante y sumiso.

Como si nosotros, siervos de la gleba, no tuviésemos ojos ni intelecto, nos dicen a diario en las Universidades y los telediarios que en España hay separación de poderes. ¡Cuando el Ejecutivo es designado por el Legislativo y sus pactos entre partidos! ¡Cuando el Ejecutivo siempre tiene bajo control a toda una bancada del Legislativo! ¡Y cuando el Consejo General del Poder Judicial es designado por los partidos, el Fiscal General del Estado es elegido a dedo por el Gobierno, y todos los miembros del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo también son colocados por los partidos! ¿Es que nadie se da cuenta? La servidumbre es depender de Leyes injustas (Saint-Just).

La mentira de la separación de poderes es la más difícil de justificar para los tiranos y demagogos que viven a costa del Régimen del 78. Sus facciones «reformistas» disimulan la mentira con ingenio: reconocen que, en efecto, no hay separación de poderes y proponen reformas… ¡en cuanto al Judicial! ¡Confunden la separación de poderes con la independencia judicial! ¿Y qué hay de la separación de poderes entre el Ejecutivo y el Legislativo? La destierran de su vocabulario5.

El sistema de checks and balances que propone en su obra el meritado profesor García-Trevijano es la fórmula más depurada y estable que puede aplicarse a la realidad política contemporánea, alabada por siglos de funcionamiento en EE.UU. En resumen, el Ejecutivo se designaría directamente por el pueblo en circunscripción única para toda la nación (como se lleva haciendo desde hace más de doscientos años en EE.UU por ejemplo, pero sin el anacrónico y deficiente sistema de compromisarios), y el Judicial se elegiría por el conjunto de profesionales del Derecho (no sólo jueces y fiscales, para evitar el corporativismo, sino también por abogados, procuradores, catedráticos y funcionarios de la Justicia), de forma que la injerencia del poder político en la Justicia sería mínima.

El profesor García-Trevijano añade un último elemento a su tesis, que puedo llamar como «apelación al pueblo». Este mecanismo operaría para los casos de bloqueo institucional: cuando el Legislativo o el Ejecutivo decida disolver al otro (a condición de disolverse a sí mismo), llamando a la nación entera para configurar una nueva relación de fuerzas; o cuando el pueblo mismo, en referéndum vinculante a iniciativa popular (con prudente número de firmas), decida disolver a cualquiera de los tres poderes. Dado que la democracia funciona como garantía institucional de la Libertad Política Colectiva de la nación, los tres poderes del Estado pueden volver al seno del pueblo en todo momento.

En su libro Frente a la gran mentira (1996), García-Trevijano enuncia una definición científica y formal de la democracia con todos los elementos expuestos:

…la democracia se puede definir descriptivamente como «forma de gobierno constitucional, representativo y responsable, que una sociedad estatuye libremente como régimen del Estado, separando al poder ejecutivo del legislativo, asegurando la independencia de la autoridad judicial y estableciendo el derecho de apelación al pueblo en garantía institucional de su libertad política».

Así pues, ¿por qué mentir y llamar «democracia» al Régimen del 78 cuando ni siquiera lo es bajo las definiciones más prosaicas de la RAE, porque el verdadero poder político lo detentan unos pocos en las cúpulas de los partidos, sin que exista vínculo jurídico alguno de representación con los votantes?

¿Tiene que ver la definición científica del profesor García-Trevijano con lo que es en realidad el Régimen del 78 en sus efectos observables, más allá de la propaganda y la creencia? Si no es así, ¿por qué mentir y llamarlo «democracia», cuando ni es representativo (el que vota no está representado con una relación jurídica que permita hacer valer esa representación y revocarla), ni es responsable (por las razones antedichas), ni fue estatuido libremente (sino a puerta cerrada en un clima de miedo social), ni hay separación de poderes, y la acción constituyente no pertenece al pueblo sino a las cúpulas de los partidos?

Con la llegada de la Ciencia obliteran las supersticiones y los mitos. Como seres humanos dotados de conciencia ética, debemos perseguir siempre lo mejor a nuestro alcance. Ya conocemos la definición exacta de la democracia: la mejor manera posible de garantizar la Libertad del pueblo.

Así ha caído la Mentira Fundamental del Reino, ¡tan sólo la tiranía y la ignorancia podrán sostenerlo!


(1) No tenemos Constitución porque, como veremos más adelante, en España no hay separación de poderes. Este es un requisito clásico en la Ciencia política occidental, según la célebre definición contenida en el artículo 16 de la Declaración de Derechos del Hombre y el Ciudadano de 1789: «Una sociedad en la que la garantía de los derechos no está asegurada, ni la separación de poderes determinada, no tiene Constitución».  

(2) La Transición distó mucho de ser el proceso pacífico y modélico que nos venden; el clima era de miedo, agitación e incertidumbre, y se cometieron más de un centenar de asesinatos por motivos políticos:

http://www.publico.es/politica/transicion-cuento-hadas-591-muertos.html

http://www.elmundo.es/espana/2017/09/02/59a9aea4268e3ee3018b4678.html

(3) No parece casualidad que en países como Reino Unido o EE.UU no triunfaran los totalitarismos que asolaron Europa en el siglo XX. En los sistemas electorales proporcionales (como el de la República de Weimar), la clase política se blinda en férreas estructuras de partido (idénticas a las de la España actual) y se dota de unas facultades muy difícilmente controlables por el pueblo. La Historia del siglo XX demuestra que, frente al sistema electoral uninominal, el sistema proporcional propicia una clase gobernante incontrolable y dotada de poderes exorbitantes e inmoderados: un peligroso caldo de cultivo para la ingeniería social y las ideologías totalitarias.

(4) Una responsabilidad por culpa in eligendo inexistente en el Régimen de partidos actual, y que explica en parte la impunidad de los artífices de la monstruosa corrupción (la desaparición de millones) que asola las arcas públicas.

(5) Puedes hacer la prueba tú mismo cuando quieras, amigo lector. Siempre que oigas a los partidos hablar de separación de poderes, se referirán en todo caso al Judicial. Ni una palabra de la separación de poderes entre el Ejecutivo y el Legislativo. Ninguno siquiera lo menciona en sus programas. Destierran del debate, y del pensamiento, la relación Ejecutivo-Legislativo como si no existiese; como si no hubiera nada que reformar al respecto. La razón del silencio es que si hubiera separación de poderes entre el Ejecutivo y el Legislativo, se les acabaría el «chollo» de ser ellos quienes puedan conformar el Ejecutivo con pactos y repartos; en lugar de ser el pueblo libre quien lo constituya y lo enfrente al Legislativo. La enemistad entre los gobernantes es la tranquilidad de los gobernados.  

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